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Publicado por el blog La reina de los Mares (Biblioteca AECID)

Del 13 al 15 de noviembre de 2018 y en el marco de la Cátedra Emilio García Gómez de la Universidad de Granada se realiza un ciclo de conferencias para debatir sobre “Orientaciones sexuales e identidades de género en el mundo árabe”. Se trata, sin lugar a dudas, de uno de los temas más candentes de las sociedades árabes contemporáneas  que cobra un especial significado porque se encuentra directamente vinculado con situaciones de injusticia, de angustia y de sufrimiento de personas de diferente orientación sexual y/o de diversa identidad de género que, como seres humanos, tienen “todos los derechos y libertades sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición” (art. 2 de la Declaración Universal de Derechos Humanos).

Los conflictos generados en el mundo árabe en torno a la orientación sexual y la identidad de género se encuentran relacionados con las deficiencias de las libertades individuales y colectivas que son propias de los estados autoritarios, los cuales, para el mantenimiento del orden social y político, hacen uso de todos los instrumentos coercitivos que obran en su poder, incluyendo entre ellos  un marco legislativo muy restrictivo e influenciado por cuestiones religiosas y morales extremadamente conservadoras, porque la instrumentalización de lo simbólico-religioso es una de las principales características de los regímenes árabes.

De esta forma, cualquier tipo de relación u orientación homosexual, bisexual, intersexual, queer, etc., será considerada como “perversión” o “anomalía” (al-šudūd al-ŷinsī) y, por tanto, las personas LGTB pueden ser castigadas con penas de cárcel y elevadas multas. Así se contempla, por ejemplo, en el Código penal de Marruecos, cuyo artículo 489 señala: “Será castigado con tres años de cárcel y con una multa de 200 a 1000 dirhams quien cometa cualquier acto de perversión sexual con una persona del mismo sexo. a menos que el hecho constituya una infracción más grave”. No muy distinto es el caso del Código penal de Argelia, que estipula: “Toda persona que cometa un acto de perversión sexual con otra de su mismo sexo será castigada con pena de prisión de dos meses a dos años y una multa de 500 a 2000 DA” (art. 338).

Incluso el país árabe considerado como el más avanzado socialmente, Túnez, condena igualmente la homosexualidad en cualquiera de sus manifestaciones al establecer que: “La sodomía (al-liwāṭ) o el lesbianismo (al-musāḥaqa), si no entran en ninguno de los casos previstos en los artículos precedentes, serán castigados con tres (3) años de cárcel” (art. 230 CP). No obstante, aquí hay que hacer una pequeña advertencia y es que, para no caer en error, es necesario tomar como fuente la versión oficial en árabe, en donde se hace clara referencia a la homosexualidad masculina y al lesbianismo, ya que en la versión francesa de esta ley solamente se menciona “la sodomie”, invisibilizando la orientación femenina y creando ambigüedad jurídica.

En definitiva, se trata de una norma que se erige en guardiana del orden social, político y moral establecido, es decir, un orden patriarcal que mantiene una concepción estrictamente binaria de la sexualidad (macho / hembra) y de la identidad de género (masculino /femenino) y que articula su estructura de poder en torno a la autoridad de los hombres sobre las mujeres, el matrimonio como único marco afectivo y sexual, y la filiación unilateral por vía patrilineal. En palabras de Mohamed Meziane, “la regulación de la sexualidad masculina y femenina no obedece a preocupaciones morales o a la preservación de un hipotético orden natural o incluso a la perpetuación de la especie, sino a la preservación del orden público”[1]. Y en pro de ese orden público, plagado de principios morales y prejuicios, los Códigos penales de los países árabes promueven la homofobia y criminaliza al colectivo LGTB exclusivamente por su orientación sexual o su identidad de género, en clara contradicción, muchas veces,  con el principio de igualdad ante la ley de todos los ciudadanos y las ciudadanas que establecen las propias constituciones de estos países.

Además de la violencia jurídica e institucional que supone estas normas, el tímido movimiento asociativo a favor de la defensa y visibilidad del colectivo LGTB que empieza a tomar forma en los países árabes con mayor o menor libertad de acción, denuncia también una serie de actos de violencia a los que se ven sometidas estas personas, principalmente el denominado “test anal”, con el fin de interponer la sanción estipulada en la ley; práctica ésta que es reconocida como un trato cruel, degradante e inhumano por la Comisión Internacional de Lucha contra la Tortura de Naciones Unidas.  Asociaciones como Kelmty y Damŷ (Inclusión) en Túnez, o Aṣwāt (Voces) en Marruecos luchan por la erradicación de cualquier norma social, cultural o jurídica que suponga una discriminación de las personas LGTB, y por la promoción de sociedades más heterogéneas, justas e igualitarias que no estén fundamentadas en la heteronormatividad impuesta por el patriarcado.

Sobre todos estos temas y algunos más tendremos la oportunidad de debatir en este ciclo, en el que intervendrán: Ignacio Gutiérrez de Terán con la conferencia “Tolerancia sexual y condición de género en la literatura erótica árabe: ficción literaria o realidad social”, Kenza Benzidan cuya intervención lleva por título “Una mirada anticolonial sobre las sexualidades en Marruecos” y Khadija Afkir el Majrissi sobre “Las personas árabes LGTB en situación vulnerable y refugio”.

Más información aquí.

 

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